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Calculadoras Online Honduras

Calculadora de antigüedad laboral en Honduras

Escribe cuándo empezaste a trabajar. Verás cuánto tiempo llevas y lo que la ley te da por eso: vacaciones, preaviso, cesantía y el 35% a los 15 años.

¿Cuántas personas trabajan en la empresa?

Lo que cambia con tu antigüedad

Al cumplirLo que cambia
3 mesesPreaviso de 1 semana. Si te despiden sin causa, cesantía de 10 días.
6 mesesPreaviso de 2 semanas. Pasados los 6 meses, cesantía de 20 días.
1 año10 días de vacaciones. Preaviso de 1 mes. Cesantía de 1 mes por año trabajado.
2 años12 días de vacaciones. Con más de 2 años, preaviso de 2 meses.
3 años15 días de vacaciones.
4 años20 días de vacaciones, el máximo.
15 añosSi renuncias, te pagan el 35% de la cesantía (no en microempresas).
25 añosTope de la cesantía: 25 meses (15 en microempresas).

Preaviso: Art. 116. Cesantía: Arts. 120 y 120-A. Vacaciones: Art. 346.

Cómo contamos el tiempo

Usamos el conteo comercial de meses de 30 días, el mismo de las prestaciones, y contamos tu primer y tu último día. La antigüedad corre mientras trabajes de forma continua con el mismo patrono. Para las vacaciones, no la cortan las licencias sin goce de salario, los descansos que da el Código ni las enfermedades justificadas (Art. 346).

Ejemplo

Sofía entró el 10 de febrero de 2023. Al 27 de septiembre de 2026 lleva 3 años, 7 meses y 18 días. Le tocan 15 días de vacaciones al año, su preaviso es de 2 meses y, si la despiden sin causa, su cesantía es de 3.63 meses de salario. El 10 de febrero de 2027 cumple 4 años y sus vacaciones suben a 20 días.

Preguntas frecuentes

Me renovaron varias veces un contrato temporal. ¿Desde cuándo cuenta mi antigüedad?

Si tu trabajo es permanente por naturaleza, la ley lo considera por tiempo indefinido aunque el contrato diga otra cosa, y tu antigüedad cuenta desde el primer día (Art. 47).

¿Pierdo antigüedad si me enfermo o pido un permiso sin goce de salario?

No para tus vacaciones: las licencias sin goce de salario y las enfermedades justificadas no interrumpen tu continuidad (Art. 346).

¿Cuánto dinero es mi cesantía?

Depende de tu salario. Calcúlala con la calculadora de prestaciones por despido.

¿Esto me sirve como constancia de trabajo?

No. Es una estimación. La constancia oficial te la da tu patrono.

Fuentes

Actualizado: septiembre de 2026.

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