Calculadora de antigüedad laboral en Honduras
Escribe cuándo empezaste a trabajar. Verás cuánto tiempo llevas y lo que la ley te da por eso: vacaciones, preaviso, cesantía y el 35% a los 15 años.
Lo que cambia con tu antigüedad
| Al cumplir | Lo que cambia |
|---|---|
| 3 meses | Preaviso de 1 semana. Si te despiden sin causa, cesantía de 10 días. |
| 6 meses | Preaviso de 2 semanas. Pasados los 6 meses, cesantía de 20 días. |
| 1 año | 10 días de vacaciones. Preaviso de 1 mes. Cesantía de 1 mes por año trabajado. |
| 2 años | 12 días de vacaciones. Con más de 2 años, preaviso de 2 meses. |
| 3 años | 15 días de vacaciones. |
| 4 años | 20 días de vacaciones, el máximo. |
| 15 años | Si renuncias, te pagan el 35% de la cesantía (no en microempresas). |
| 25 años | Tope de la cesantía: 25 meses (15 en microempresas). |
Preaviso: Art. 116. Cesantía: Arts. 120 y 120-A. Vacaciones: Art. 346.
Cómo contamos el tiempo
Usamos el conteo comercial de meses de 30 días, el mismo de las prestaciones, y contamos tu primer y tu último día. La antigüedad corre mientras trabajes de forma continua con el mismo patrono. Para las vacaciones, no la cortan las licencias sin goce de salario, los descansos que da el Código ni las enfermedades justificadas (Art. 346).
Ejemplo
Sofía entró el 10 de febrero de 2023. Al 27 de septiembre de 2026 lleva 3 años, 7 meses y 18 días. Le tocan 15 días de vacaciones al año, su preaviso es de 2 meses y, si la despiden sin causa, su cesantía es de 3.63 meses de salario. El 10 de febrero de 2027 cumple 4 años y sus vacaciones suben a 20 días.
Preguntas frecuentes
Me renovaron varias veces un contrato temporal. ¿Desde cuándo cuenta mi antigüedad?
Si tu trabajo es permanente por naturaleza, la ley lo considera por tiempo indefinido aunque el contrato diga otra cosa, y tu antigüedad cuenta desde el primer día (Art. 47).
¿Pierdo antigüedad si me enfermo o pido un permiso sin goce de salario?
No para tus vacaciones: las licencias sin goce de salario y las enfermedades justificadas no interrumpen tu continuidad (Art. 346).
¿Cuánto dinero es mi cesantía?
Depende de tu salario. Calcúlala con la calculadora de prestaciones por despido.
¿Esto me sirve como constancia de trabajo?
No. Es una estimación. La constancia oficial te la da tu patrono.
Fuentes
- Código del Trabajo de Honduras, Decreto 189-59, reformado por el Decreto 150-2008.
- Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, para el cálculo oficial y denuncias.
Esta calculadora da una estimación basada en la ley. No es el cálculo oficial ni asesoría legal: tu contrato, un convenio colectivo o un régimen especial (trabajo doméstico, agrícola o sector público) pueden cambiar el resultado. Para el cálculo oficial, acude a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.
Actualizado: septiembre de 2026.
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